Dos cervezas ligeras con propuestas de mercado prácticamente idénticas han generado un litigio de propiedad intelectual que atraviesa instancias judiciales desde 2018 y ha llegado hasta la máxima corte del país. El conflicto plantea una pregunta fundamental para el comercio: cuándo la semejanza visual entre dos productos constituye competencia desleal y genera riesgo real de confusión en el consumidor.
El caso comenzó cuando una cervecera lanzó un producto ligero en 2016 dirigido a consumidores interesados en bebidas con menor contenido calórico. Dos años después, un competidor presentó una propuesta comercial con características visuales similares: predominancia de blanco y azul, líneas delgadas y el término "Ultra" como elemento central de la identidad. Ambos productos comparten no solo la estrategia de segmentación de mercado, sino también una composición visual que generó disputas sobre si existía riesgo de confusión entre marcas.
El recorrido judicial y sus giros
En 2021, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) determinó que existía competencia desleal y emitió una sanción. Sin embargo, esta decisión fue impugnada y posteriormente anulada por la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, revirtiendo el fallo inicial.
En 2025, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a la empresa matriz del primer producto, revocando la anulación y ordenando una reevaluación con criterios específicos sobre el parecido entre ambas imágenes comerciales. No obstante, en enero de 2026, un tribunal colegiado falló en sentido opuesto, determinando que no existía competencia desleal ni riesgo de confusión.
Ante esta resolución contradictoria, la disputa regresó a la SCJN, que decidió atraer los amparos directos para su revisión. Con una votación de cinco a favor, la Corte se prepara para establecer criterios que determinarán cuándo la semejanza entre imágenes comerciales es suficiente para generar confusión en los consumidores.
Implicaciones para el mercado y la propiedad intelectual
Esta resolución trasciende el sector cervecero. El precedente que establezca la SCJN afectará cómo se evalúa la similitud visual en otros sectores de consumo masivo, desde bebidas hasta productos de cuidado personal. Las empresas enfrentan incertidumbre sobre qué elementos visuales pueden considerarse diferenciadores suficientes cuando compiten en el mismo segmento de mercado.
La disputa también expone tensiones en la interpretación de la ley de propiedad intelectual mexicana. Los criterios de prueba aplicados por diferentes instancias han variado significativamente, lo que sugiere que no existe claridad uniforme sobre cómo evaluar el "parecido" entre marcas. Esta ambigüedad tiene consecuencias directas en decisiones de inversión, lanzamiento de productos y estrategia de diferenciación comercial.
Para las organizaciones que compiten en mercados saturados, el resultado determinará si la innovación visual debe ser más radical o si variaciones moderadas en elementos como color, tipografía y composición son suficientes para evitar conflictos legales. La resolución también impactará en cómo el IMPI y otros organismos de propiedad intelectual evalúan solicitudes de registro de marcas en categorías donde múltiples competidores utilizan términos descriptivos similares.




