Una disputa ante el regulador peruano de propiedad intelectual derivó en la cancelación parcial del registro de una de las marcas más reconocidas en el segmento de postres y repostería del país. La resolución, emitida en mayo de 2026 por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), recortó la cobertura del registro a un único producto —las gelatinas— luego de que la empresa titular no logró acreditar uso comercial efectivo en el resto de las categorías amparadas.
El caso fue iniciado por Productos Extragel y Universal S.A.C., que solicitó la caducidad del certificado N.° 81759 argumentando que la marca no había sido utilizada de forma activa durante los tres años previos en todos los productos que protegía: gelatinas, mermeladas, jaleas y otros alimentos. La legislación peruana establece que una marca puede cancelarse si permanece sin uso durante tres años consecutivos sin justificación válida, un mecanismo diseñado para evitar el acaparamiento de registros sin actividad comercial real.
El peso de la prueba en disputas de propiedad intelectual
Para defender la vigencia del registro, la empresa titular presentó facturas, materiales publicitarios y publicaciones digitales que acreditaban actividad comercial entre 2020 y 2023. Sin embargo, las evidencias solo respaldaron el uso de la marca en el segmento de gelatinas. Indecopi consideró que esa documentación era insuficiente para sostener la protección sobre mermeladas y otros artículos, lo que derivó en la cancelación parcial del registro.
Este tipo de resoluciones tiene consecuencias directas sobre la estrategia de portafolio: una marca con protección reducida queda expuesta a que terceros registren el mismo nombre para las categorías que perdió cobertura, fragmentando el control sobre la identidad comercial en el mercado.
Retirada del mercado y gestión de activos de marca
La marca en cuestión dejó de comercializarse en Perú en 2020, cuando su propietaria —Alicorp— decidió migrar a una nueva identidad comercial denominada Umsha. La decisión respondió a cuestionamientos sobre la imagen y el nombre de la marca, vinculados a estereotipos raciales que generaron presión pública. A pesar del retiro del producto del mercado, Alicorp conservó los derechos de propiedad intelectual, que permanecen vigentes hasta 2032.
Este escenario ilustra un dilema frecuente en la gestión de activos intangibles: retirar un producto del mercado sin cancelar el registro puede ser una decisión estratégica para preservar opciones futuras, pero implica el riesgo de perder protección si no se acredita uso activo ante el regulador.
Implicaciones para la competencia en el segmento de postres
La resolución de Indecopi abre un espacio competitivo en las categorías donde la marca perdió protección. Competidores del sector —incluyendo al propio solicitante de la cancelación— podrían explorar el registro de nombres similares para mermeladas y otros productos, alterando la dinámica del segmento.
Para Alicorp, el fallo plantea una decisión estratégica: relanzar actividad comercial bajo esa marca en las categorías afectadas para recuperar cobertura en una eventual apelación, o consolidar su apuesta por la nueva identidad Umsha y asumir la pérdida de protección como parte de la transición. La resolución puede ser apelada ante instancias superiores del propio Indecopi, por lo que el caso aún no está cerrado.




