Herramientas de blockchain: una vacuna contra la ‘ciberpandemia’
El nuevo coronavirus, SARS-CoV-2, no solo ha puesto en evidencia las bases sobre las que se edificaron los sistemas de salud y las políticas públicas alrededor del mundo, sino que también ha hecho patentes las deficiencias de los paradigmas económicos, culturales, sociales y, por supuesto, los laborales. José Miguel Mena López, director de Servicios Jurídicos de ClarkeModet México, firma especializada en Propiedad Industrial e Intelectual en países de habla hispana y portuguesa, nos comparte algunas consideraciones sobre el cuidado de los secretos industriales y las alternativas existentes para protegerlos.
A raíz de la pandemia, millones de compañías alrededor del mundo se han visto en la necesidad de implementar el teletrabajo para garantizar su operatividad. Si bien es cierto que esta dinámica laboral no es nueva y que, incluso, muchas empresas ya han implementado de manera exitosa políticas y lineamientos para su práctica, también lo es que la mayoría de las empresas, no solamente no estaban preparadas para la implementación al 100% del trabajo a distancia, sino que, además, existía cierta resistencia a esta manera de trabajar por múltiples razones, siendo una de las principales la falta de control al acceso a información sensible, advierte Mena.
Así como orgánicamente se ha dispersado la enfermedad poniendo en riesgo de colapso a todos los sistemas de salud, de la misma forma, y durante esta etapa de trabajo remoto forzado, los delitos cibernéticos han aumentado de manera exponencial.
De acuerdo al especialista de ClarkeModet, grupo especializado en Propiedad Industrial e Intelectual, el problema es que, con ello, también se ha incrementado el riesgo para las empresas de pérdida o divulgación de información confidencial que les representa una ventaja competitiva o económica frente a sus competidores.
Legalmente, denominado
El “secreto industrial”, legalmente denominado así, comprende procesos, sistemas y técnicas de producción, programas informáticos, listas de clientes, estrategias y planes comerciales, información financiera, diseños o prototipos de productos, así como información técnica sobre proyectos de investigación y desarrollo, entre un largo etcétera.
Destaca Mena, que los secretos industriales son, para muchas empresas, el activo intangible más valioso y que, a diferencia de los intangibles tradicionales, como derechos de autor, marcas y patentes, para esta figura no existe un procedimiento formal de registro ante autoridades; por el contrario, es el poseedor de la información confidencial quien debe, de conformidad con la ley, adoptar los medios o sistemas suficientes para preservar su confidencialidad y el acceso restringido a la misma.
Esto quiere decir que el tiempo de protección de un secreto industrial depende exclusivamente de las medidas implementadas por el titular y de su capacidad de mantener dicha información como confidencial, razón por la que, en tiempos de pandemia, las empresas deban blindar la seguridad tecnológica y reforzar las medidas con el fin de garantizar la integridad y conservación de los secretos industriales y confidencialidad de la información, comparte el experto de Clarke Modet.
Dentro de las diversas medidas técnicas de seguridad que pueden ser aplicadas por las empresas, señala Mena que la encriptación o codificación ha demostrado ser uno de los métodos más efectivos para amparar información digitalizada y, por lo tanto, la tecnología de blockchain resulta muy atractiva para la protección de secretos industriales.
Nos indica el directivo, que por un lado, al constituir una especie de registro mundial inmutable y permanente, la tecnología de blockchain puede garantizar la existencia y titularidad de la información a partir de un determinado tiempo. Por otro lado, se cumple con el requerimiento de ley que establece la obligación para el poseedor de establecer medidas suficientes de protección, lo que a su vez permitiría iniciar acciones en contra de quien resulte responsable de una apropiación indebida y/o divulgación de información sensible de la empresa. Esto anterior, considerando que la única información pública disponible resultante del registro por blockchain es un hash y la fecha y hora de dicho registro, aunado al hecho de que estos registros no pueden ser borrados ni modificados, advierte Mena.
Y por último, cita el director de Servicios Jurídicos de Clarke Modet México, que un inmunizante contra esta ‘ciberpandemia’, podría ser el blockchain, una “vacuna” para enfrentar esta creciente oleada de ataques cibernéticos y poder, así, proteger la información estratégica y sensible de las empresas: su activo intangible más valioso.