Gasolineras deberán contar con seguros medioambientales en 2019

Gasolineras deberán contar con seguros medioambientales en 2019
Imagen: de atibody para Shutterstock

Por disposición oficial, el 23 de julio de 2018, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los vehículos que realicen las actividades de transporte, o regulados que realicen actividades de  almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos.

Es decir, además de los vehículos,  todas las estaciones de venta de gasolina y que realizan actividades de almacenaje y transportación de hidrocarburos deberán tener un seguro de riesgos medioambientales a partir de enero de 2019.

Según las disposiciones, habrá un margen de gracia por el periodo de vencimiento de la póliza de responsabilidad civil vigente, para que al renovarla se incluya la póliza medioambiental.

Opina Leonardo Fantini, director técnico y de Calidad de Suscripción AIG Mexico que, si bien las pólizas medioambientales en materia de manejo de hidrocarburos pueden tener costos aparentemente elevados, el costo de no tenerlas es superior, pues “además de que las autoridades pueden cerrar el establecimiento o negar el permiso de apertura, hay una sanción administrativa en lo que se refiere al cumplimiento de la disposición, pues los costos relacionados con un siniestro medioambiental son mucho más elevados”, cita.

Según datos de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), en el país hay 12 150 estaciones gasolineras, y a partir del 1 de enero de 2019 deberán contar con una póliza de riesgos ambientales, además de la de responsabilidad civil, a la que ya estaban obligados.

En esta coyuntura,  recalca su director técnico: “No solo ofrecemos una póliza, sino una serie de servicios y valores agregados. Por ejemplo, tenemos contratistas especializados en remediación de siniestros ambientales, en apego a los lineamientos de la Secretaría de Medio Ambiente y recursos Naturales (SEMARNAT); abogados ambientalistas para asesorar al asegurado en todo momento; incluso, AIG paga servicios de manejo de crisis, gestión de daño reputacional y relaciones públicas en caso de algún incidente”.

Fantini apunta que las pólizas medioambientales pueden llegar a ser muy sofisticadas, “con múltiples factores y detalles técnicos que no siempre son evidentes para quienes no están familiarizados a cierta profundidad con el tema”. A la luz de lo anterior, y a manera de recomendaciones ante la inminente entrada en vigor de las nuevas disposiciones,  sugiere observar cuatro puntos fundamentales al considerar la contratación de una póliza medioambiental:

1.       Contar con la asesoría de un agente de seguros especializado.

2.       Considerar la experiencia de cualquier aseguradora en riesgos medioambientales por hidrocarburos.

3.       Comprobar que el texto de la póliza esté debidamente registrado y construido específicamente para este tipo de riesgo.

4.       Revisar detenidamente el clausulado y las exclusiones de la póliza, a fin de contratar un producto específicamente diseñado para riesgos medioambientales y no una póliza “a modo” que, en caso de siniestro, resultará en una cobertura a medias.

Finalmente, el ejecutivo sugiere consultar el registro de la póliza ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), a fin de evitar confusiones en la cobertura. “Se puede buscar en las páginas de internet de cada aseguradora para leer los detalles, con la Ley de Solvencia II todas las aseguradoras debemos hacer públicos los textos de cada producto”, revela.

Señala que la ley marca las coberturas específicas de las pólizas de responsabilidad civil y medioambientales. “Típicamente –dijo– el seguro de responsabilidad civil cubre los daños a terceros y la atención de emergencia, pero no la contención de contaminantes, mitigación de impactos ambientales o la remediación del sitio después del evento. Son seguros muy distintos. Para evitar sorpresas, yo siempre buscaría el texto y el registro ante la CNSF para evitar confusión en la cobertura del seguro”, apunta.

La contaminación ambiental siempre se ha sancionado, inicialmente las multas eran por el equivalente de US$2.5 millones, a partir de enero de 2018 por otra disposición de la  SEMARNAT se elevó esta cantidad hasta US$35 millones por multa. Cabe señalar que el siniestro ambiental se compone de la multa  y del pago para remediar los daños ecológicos, que es lo más caro.

Recomendaciones

Capítulo III, Artículo 17. Las pólizas de Seguro deberán incluir:

I. Para el caso de responsabilidad por daño ambiental, entre otros, costos y gastos de:

a) Atención a emergencias;

b) Contención de contaminantes;

c) Mitigación de impactos y daños ambientales;

d) Restauración o compensación ambiental;

e) Caracterización de sitios contaminados, y

f) Remediación de sitios contaminados.

II. Para el caso de responsabilidad civil deberá contratar una cobertura básica o general que cubra la responsabilidad frente a terceros del Regulado, en los términos de las Disposiciones relativas al Seguro contra la responsabilidad de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.

Sección IV,  Artículo 33. Quienes realicen la actividad de Expendio al Público de gasolina y diésel, deberán contratar una Póliza de Seguro que cubra la RC y RA, en conjunto por un Límite de responsabilidad de US $275 000 (Doscientos setenta y cinco mil dólares norteamericanos) por evento”.

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